Normas de caza para la temporada cinegética 2005/2006

INSTRUCCIONES DE EXPEDICIÓN DE TARJETAS

Certificado de vecindad: Los cazadores que la pasada temporada cinegética (2004/05) obtuvieron la tarjeta de caza del coto, no deberán presentar el certificado de vecindad si su condición de vecino no ha cambiado.

Los socios nuevos deberán proveerse del certificado de vecindad, en el que se haga constar la condición de vecino con la antelación exigida por las ordenanzas de la comunidad (se expide por los ayuntamientos de cada municipio).

Ficha de control de capturas: Los socios que deseen renovar la tarjeta, deberán entregar obligatoriamente la ficha de control de capturas de la pasada temporada.

Cuota a pagar: Para obtener la tarjeta del coto es preciso presentar, además del anterior certificado, resguardo de haber ingresado en las cuentas depositarias de la comunidad de bardenas la siguiente cantidad:

+La tasa de renovación de tarjeta (cazadores que la pasada temporada cinegética (2004/05) obtuvieron la tarjeta de caza del coto) es de 50 €.

+En el caso de nuevos socios (si la pasada temporada no obtuvieron la tarjeta), la tasa de la tarjeta más la cuota de alta será de 180 €,

+En el caso de nuevos cazadores (con certificado de aptitud de fecha 2005), la tasa es de 50 €, debiendo adjuntar copia del certificado que justifica la condición de novel.

Fecha límite de expedición de tarjetas:

18 de noviembre de 2.005

Reservas de caza y aparcamientos obligatorios

Se establecen trece zonas de reserva, indicadas al dorso de la presente en mapa informativo. En dichas zonas queda terminantemente prohibido cazar.

Se establecen setenta y ocho puntos de aparcamiento obligatorio de vehículos, señalados al dorso en mapa informativo.

Se prohíbe la caza con escopeta en las zonas reservadas para galgos.

Días hábiles de caza en el coto

Caza menor en general:

Noviembre: 1, 6 y 13.

Caza menor excepto perdiz y liebre:

Noviembre: 20 y 27. Diciembre: 4, 11, 18 y 25. Enero 2.006: 1.

Caza de liebre con galgos:

Noviembre: 5 y 12 (sin escopeta ni palo y en las dos zonas exclusivas de galgos). Finalizada la caza de la liebre, toda la zona del plano quedará vedada para la caza.

Jabalí y zorro en batidas organizadas: ver normativa específica de esta modalidad.

Normas internas del coto para el ejercicio de la caza

Se autoriza a los socios con tarjeta para la temporada 2005-06 a campear los perros de pluma (galgos y podencos no) en la Bardena, durante los días previstos en la normativa general en octubre de 2.006, fuera de las zonas de reserva y de galgos y hasta las 14 h., estando prohibido portar armas o palos durante el campeo, ni transportarlas en los vehículos.

Perdiz y liebre: de acuerdo con la ley foral 426/2005, el cupo máximo de capturas por cazador y día se establece en tres piezas en conjunto, con un máximo de una liebre, que deberán ser inmediatamente anotadas en la ficha de control de capturas adjunta.

Jabalí: de acuerdo con la normativa general, su caza en Navarra sólo puede realizarse en batidas, estando prohibida la modalidad al salto. por lo tanto en bardenas únicamente se cazará esta especie en forma de batidas organizadas y conforme a su normativa particular. para evitar problemas en este sentido, la caza menor en las caídas de la negra sólo podrá practicarse con perros de muestra.

Caza de jabalí y zorro en batidas organizadas: se podrá cazar únicamente en las zonas y fechas que a cada cuadrilla corresponda según sorteo que realizará la comunidad de bardenas. a tal efecto, antes de las 13 horas del día 18 de noviembre, las cuadrillas deberán presentar listado de socios que componen las mismas (indicando nombre, apellidos y D.N.I. de cada uno), responsable de cada cuadrilla y teléfono de contacto. las cuadrillas contarán con un número de socios no inferior a veinte ni superior a treinta, debiendo estar todos ellos en posesión de la correspondiente tarjeta de caza para esta temporada, o serán eliminados de la lista.

Galgos: La liebre se podrá cazar, en las dos zonas de galgos, los dos sábados indicados, exclusivamente con galgos, sin escopeta, sin palo y con un máximo de dos galgos por cuadrilla, entendiendo por cuadrilla a partir de una persona. no podrá llevarse en este lance ningún perro acompañante de otras razas. todas las personas que compongan la cuadrilla deben tener tarjeta del coto. los domingos y festivos no se podrá cazar con galgos ni con escopetas en las zonas de caza exclusiva con galgos, de acuerdo con la ley foral 426/2005, la cuadrilla tendrá un máximo de seis personas y se podrá capturar un máximo de dos liebres por cuadrilla.

Prohibiciones especiales

a.- Todos los días señalados como hábiles el coto quedará cerrado a partir de las dos de la tarde.

b.- Con independencia de lo establecido anteriormente, el presidente de la comunidad de bardenas, previos los informes y asesoramientos pertinentes, podrá modificar los períodos hábiles siempre que las circunstancias así lo aconsejen.

c.- Queda prohibido cazar en cuadrillas de más de tres cazadores.

d.- Queda prohibido transitar con vehículos por los caminos de la bardena con armas de fuego montadas o desenfundadas, ya estén cargadas o descargadas.

e.- Queda terminantemente prohibido estacionar los vehículos fuera de las zonas de aparcamiento obligatorio.

f.- Queda prohibido portar armas de fuego, en todo el territorio de la comunidad de bardenas, los días inhábiles para el ejercicio de la caza.

g.- Queda prohibida la caza con escopetas, durante todos los días hábiles en las zonas de reserva y zonas de caza exclusiva con galgos.

Infracciones y sanciones internas del coto

1º.- Al que fuera sorprendido cazando desde vehículo, con cepos, lazos, hurón y demás artes prohibidas, ó en reservas, se le impondrá una multa de 600 € y retirada de la tarjeta de caza por el período de un año.

2º.- Todo aquel que estacione el vehículo fuera de las zonas de aparcamiento obligatorio (cuando esté cazando) o que sobrepase el horario de cierre del coto (a las 14 h), será sancionado con multa de 30 €.

Tudela, seis de octubre de dos mil cinco.

EL PRESIDENTE,

José Antonio Gayarre Bermejo

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Informa: Comunidad de Bardenas Reales de Navarra Fotos: CBRN

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